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Para vaquillas alimentadas en confinamiento destinadas al sacrificio: Para la supresión del celo (calor), mejora el rango de Ganancia Diaria de Peso y la Conversión Alimenticia.
Para vaquillas destinadas a la reproducción: Para la supresión del celo (calor).
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Para vaquillas alimentadas en confinamiento destinadas al sacrificio: MGA® 500 debe ser mezclado completamente en el alimento líquido medicado Tipo C que debe ser administrado a 0.22 – 0.9 Kg por cabeza al día para proporcionar 0.25 a 0.5 mg de acetato de Melengestrol por cabeza por día. El consumo promedio, de aproximadamente la mitad de este rango, provee el más óptimo y económico mejoramiento en las tasas de Ganancia Diaria de Peso y Conversión Alimenticia. Consumos diarios constantes entre 0.35 y 0.50 mg por cabeza por día dan un alto grado de supresión del celo. Los niveles de 0.25 a 0.35 mg proporcionan un grado menor, pero sigue siendo eficaz para la supresión del celo.
Vaquillas destinadas a la reproducción: MGA® 500 debe ser mezclado completamente en el suplemento para proporcionar 0.5 mg de acetato de Melengestrol por cabeza por día.
Para vaquillas alimentadas en confinamiento destinadas al sacrificio: Debe evitarse el retiro del producto por períodos de tres a cinco días o más para prevenir la posibilidad de que las vaquillas puedan entrar en celo (calor) debido al retiro del consumo del producto.
Vaquillas destinadas para la reproducción: No superar los 24 días de alimentación con acetato de Melengestrol en vaquillas destinadas a la reproducción. Una reducida tasa de concepción puede esperarse si las vaquillas son cruzadas (ya sea por monta natural o inseminación artificial) si el celo se observa dentro de los días 1 a 12 después del retiro del acetato de Melengestrol, mientras que las vaquillas que son cruzadas (ya sea por monta natural o inseminación artificial) cuando el celo se observa en períodos subsecuentes (posteriores a 13 días), la expectativa es que tengan tasas de concepción normales.
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- Mezclar completamente 0.22 a 1.8 kg (0.5 a 4 libras) de MGA® 500 por tonelada, en los alimentos no medicados para preparar un alimento medicado de tipo C conteniendo 0.25 gramos a 2 gramos de acetato de melengestrol por tonelada.
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- Los alimentos líquidos medicados tipo B y C que contienen acetato de melengestrol deben tener un pH de 4.0 a 8.0, es necesario que las etiquetas indiquen instrucciones precisas para el mezclado. Las instrucciones de mezclao para alimentos líquidos tipo B y c almacenados en tanques con sistema de recirculación son: "Agite inmediatamente antes de su uso durante 10 minutos, moviendo mínimo el 1% del contenido del tanque de la parte inferior a la parte superior. Diariamente agite, incluso cuando no se utilice la alimentación tipo B (o C)".
- Las instrucciones de mezclado para alimentación líquida tipo B y C almacenados en tanques con sistema de agitación mécánica, aire u otros tipos de agitación son: "Agitar inmediatamente antes de su uso durante 10 minutos, creando una turbulencia en la parte inferior del tanque que sea visible en la parte superior. Agite diariamente, incluso cuando no se utilice la alimentación tipo B (o C)".
- En la etiqueta para el alimento medicado tipo B, deberá contener las instrucciones de elaboración de alimentos medicados tipo C que contengan 0.25 a 2.0 gramos de acetato de melengestrol por tonelada (o.125 a 1.0 mg/lb). Los alimentos medicados tipo C que conteniendo acetato de melengestrol deben ser depositados sobre el grano o forraje o mezclarlo en la ración completa en un rango de 0.22 a 0.9 kg (0.5 a 2.0 libras) por cabeza por día. Las regulaciones de las Buenas Prácticas de Manufactura deben ser mantenidas en los alimentos elaboradso que contienen MGA® 500.
- Las premezclas intermedia no deben ser hechas con MGA® 500, excepto como una parte de una operación de mezclado continuo para hacer una mezcla completa de alimento líquido medicado tipo B o tipo C.
- En la etiqueta para el alimento medicado tipo B, deberá contener las instrucciones de elaboración de alimentos medicados tipo C que contengan 0.25 a 2.0 gramos de acetato de melengestrol por tonelada (0.125 a 1.0 mg/lb). Los alimentos medicados tipo C que conteniendo acetato de melengestrol deben ser depositados sobre el grano o forraje o mezclarlo en la ración completa en un rango de 0.22 a 0.9 kg (0.5 a 2.0 libras) por cabeza por día. Las regulaciones de las Buenas Prácticas de Manufactura deben ser mantenidas en los alimentos elaborados que contienen MGA® 500.
- El alimento medicado tipo B conteniendo de 4 a 10 gramos de acetato de melengestrol por tonelada, puede ser fabricado mediante la mezcla de 3.6 a 9.0 kg (8 a 20 libras) de MGA® 500 en 896.4 a 891 kg (1992 a 1980 libras) de alimento no medicado.
- La siguiente tabla se puede usar como una guía para determinar la cantidad de MGA® 500 a ser añadida para preparar una tonelada de alimento medicado tipo C.
Cantidad de alimento tipo C (kg[lb]/cabeza/día Acetato de melengestrol (mg/cabeza/día) Cuando se adiciona por peso kg (lb) Cuando se adiciona por volumen (ml) 0.22 kg (0.5 lb) 0.25 0.9 kg (2.00 lb) 876 0.22 kg (0.5 lb) 0.30 1.08 kg (2.40 lb) 1051 0.22 kg (0.5 lb) 0.35 1.26 kg (2.80 lb) 1226 0.22 kg (0.5 lb) 0.40 1.44 kg (3.20 lb) 1402 0.22 kg (0.5 lb) 0.45 1.62 kg (3.60 lb) 1577 0.22 kg (0.5 lb) 0.50 1.8 kg (4.00 lb) 1752 0.45 kg (1.0 lb) 0.25 0.45 kg (1.0 lb) 438 0.45 kg (1.0 lb) 0.30 0.54 kg (1.20 lb) 526 0.45 kg (1.0 lb) 0.35 0.63 kg (1.40 lb) 613 0.45 kg (1.0 lb) 0.40 0.72 kg (1.60 lb) 701 0.45 kg (1.0 lb) 0.45 0.81 kg (1.80 lb) 788 0.45 kg (1.0 lb) 0.50 0.9 kg (2.00 lb) 876 0.67 kg (1.5 lb) 0.25 0.29 kg (0.66 lb) 289 0.67 kg (1.5 lb) 0.30 0.36 kg (0.80 lb) 350 0.67 kg (1.5 lb) 0.35 0.41 kg (0.93 lb) 407 0.67 kg (1.5 lb) 0.40 0.48 kg (1.07 lb) 469 0.67 kg (1.5 lb) 0.45 0.54 kg (1.20 lb) 526 0.67 kg (1.5 lb) 0.50 0.59 kg (1.33 lb) 582 0.9 kg (2.00 lb) 0.25 0.22 kg (0.5 lb) 219 0.9 kg (2.00 lb) 0.30 0.27 kg (0.60 lb) 263 0.9 kg (2.00 lb) 0.35 0.31 kg (0.70 lb) 307 0.9 kg (2.00 lb) 0.40 0.36 kg (0.8 lb) 350 0.9 kg (2.00 lb) 0.45 0.40 kg (0.90 lb) 394 0.9 kg (2.00 lb) 0.50 0.45 kg (1.0 lb) 438
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Para ser añadido en la premezcla de las dietas.
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Destruir el envase vacío. No vuelva a usar.
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El contacto excesivo con la piel debe ser evitado.
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No usar en humanos.
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No es efectivo en machos y vaquillas castradas.
- Tiempo de retiro: No requiere.
- Consulte al Médico Veterinario.
- Su venta requiere receta médica cuantificada. Para uso exclusivo del Médico Veterinario.
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- Almacenar entre 4°C a 25°C. Excursiones permitidas hasta 40°C.
- Conservar fuera del alcance de niños y animales domésticos.
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Contenedor con 18 kg
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